PROYECTO DE LEY DE IMPUESTOS DE PATENTES MUNICIPALES DEL CANTÓN DE MORA

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  • Fecha de creación junio 12, 2026
  • Última actualización junio 12, 2026

PROYECTO DE LEY DE IMPUESTOS DE PATENTES MUNICIPALES DEL CANTÓN DE MORA

Las personas físicas o jurídicas que se dediquen al ejercicio de actividades lucrativas de cualquier tipo, prestación, venta y/o alquiler de bienes y servicios, operaciones con propósitos financieros, servicios profesionales asociados, así como la construcción destinada a la instalación de rótulos, anuncios, vallas publicitarias o similares, fijas o móviles, y las personas físicas o jurídicas que vendan o alquilen espacios para publicidad de cualquier tipo, entre otras actividades gravables del impuesto de patente en el cantón de Mora, desagregadas en el reglamento según la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU), estarán obligadas a pagar a la Municipalidad el impuesto de patentes correspondiente, conforme a esta ley.